HOSPITALIZACIÓN

La Universidad de Sonora, con base en lo convenido en la cláusula 144 del Contrato Colectivo de Trabajo STAUS-UNISON, así como la disposición administrativa aplicable para el personal de Confianza, vigente, se obliga a proporcionar apoyo económico a todos los trabajadores activos en caso de que su cónyuge, sus hijos, sus padres o él mismo sean hospitalizados.

Para el caso de Hospitales afiliados al ISSSTESON, la Universidad pagará solamente el diferencial de las cuotas establecidas. Si el hospital no está afiliado al ISSSTESON, la Universidad está obligada a pagar la totalidad del servicio médico y las medicinas que se proporcione al derechohabiente atendido, siempre y cuando se compruebe que el caso fue catalogado, por la autoridad médica correspondiente, como EMERGENCIA.

SOLICITUD

REQUISITOS

  • Formato de Solicitud de la prestación debidamente firmado (por duplicado)(Descargar Formato).
  • Dictamen médico legalmente expedido en el que se establezca la atención médica.
  • Factura original a nombre del trabajador. (Solo para personal académico, clausula 144 CCT STAUS-UNISON Vigente)
  • Formato para Transferencia Electrónica (Descargar Formato)

CONTACTO

ÁREA DE PRESTACIONES DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS